Se aprueba inicialmente la propuesta de revisión de la ordenanza reguladora para modificar el uso de locales como vivienda residencial
El pleno aprobó del mismo modo la propuesta de desclasificar el sector 1 de Arizmendi como urbanizable para limitar la edificabilidad al área urbana protegiendo de este modo el entorno rural
La propuesta de revisión de la ordenanza reguladora de las actuaciones tendentes a la modificación del uso de locales comerciales a viviendas residenciales fue uno de los temas destacados en el pleno municipal ordinario de octubre. La ordenanza en vigor desde 2007 ha posibilitado que 22 locales se hayan convertido en viviendas en estos doce últimos años. Para continuar validando esta ordenanza y continuar promoviendo y facilitando esta tendencia, la propuesta realizada desde la comisión de Territorio al pleno contemplaba fundamentalmente las siguientes modificaciones; ampliar la posibilidad del ámbito de cambio a todo el municipio, facilitar o aligerar el proceso de adjudicación, y por último posibilitar la opción del alquiler a las nuevas viviendas. La propuesta inicial fue aprobada con la abstención del grupo EHBildu (5) y los votos a favor de PSE-PSOE (2) y EAJ-PNV (9).
Otra de las propuestas que salió adelante fue la modificación de las normas subsidiarias, concretamente las que afectan al sector 1 Arizmendi y al área 34 de Dr. Fleming. La propuesta de la comisión de Territorio proponía desclasificar el Sector 1, Arizmendi, pasando a ser suelo no urbanizable y modificar la actual ordenación del área 34, Dr. Fleming en la que se prevé se construirán 4 bloques de 12 viviendas cada una.
De este modo en aras de la sostenibilidad se protege el entorno rural y por consiguiente se concentra la edificabilidad en áreas urbanas. La propuesta obtuvo los votos en contra del grupo EHBildu (5) y a favor de PSE-PSOE (2) y EAJ-PNV (9).
Entre los temas más destacados aprobados por unanimidad cabe citar el correspondiente a las tarifas del servicio de taxis para el año 2020. Dichas tarifas tendrán una subida del 0,8%.